martes, 20 de septiembre de 2016

EL BCE establece pautas para los Consejos de Administración Bancarios (final)

Análisis y divulgación del informe especial del MUS sobre  Gobierno Corporativo y Macro de trabajo del Apetito de Riesgo en la Entidades Bancaria Europeas.  (Parte final)

El pasado mes de Junio, el Mecanismo Unico de Supervisión de la Unión Bancaria Europea publicó un informe especial con foco en el Gobierno Corporativo del riesgo.

El BCE espera que los bancos de la unión desarrollen y pongan en funcionamiento práctico lo que considera la herramienta principal  de control de riesgos para los miembros de los Consejos de Administración, el marco de apetito de riesgos de la entidad, que junto a una bien adoptada cultura corporativa de riesgos y la cuidada definición de las responsabilidades internas en la gestión y control de riesgos son los pilares de marco de gobierno de riesgos que se espera de la entidades.

El marco de apetito de riesgo, establece el mecanismo definición y control de límites  en  los diversos riesgos que cada entidad entiende que quiere aceptar para su modelo de negocio y rentabilidad.

De este modo se espera que las entidades definan, previamente a su puesta en marcha, un plan de apetito de riesgos que sea coherente con los planes estratégicos de negocio/rentabilidad, planes estratégicos de presupuestos/remuneraciones y los planes estratégicos de capital (ICAAP) y de liquidez (ILAAP), y se espera que el plan de apetito de riesgos sea revisado regularmente junto a los otros planes estratégicos manteniendo la visión amplia y completa del gobierno de riesgos para el Consejo de Administración.

El seguimiento del plan de apetito de riesgos, se espera que su efectúe mediante un cuadro de mando a disposición de la alta dirección y del Consejo de Administración de las entidades. En el cuadro de mando se dará seguimiento a las métricas que permitan cuantificar el nivel de riesgos frente a unos límites, y alertas  pre-establecidos.

En el diseño del plan de apetito de riesgos y de su cuadro de mando se deben considerar todos los riesgos relevantes para la entidad, (riegos de negocio/rentabilidad, riegos de capital, riesgos de liquidez, riesgos de tipo de interés, riesgos de crédito, riesgos de mercados, riesgos operacionales, riesgos reputacionales, riesgos de cumplimiento, otros riesgos no financieros). Se deben considerar métricas que reflejen los negocios, tamaño y complejidad de la entidad, métricas que muestren concentración de riesgos, métricas tanto estáticas como adelantadas al tiempo. Se deben considerar límites correctamente calibrados a los planes estratégicos y alertas anticipadas a la rotura de límites para tomar acciones previas a  perjuicios inesperados.

Dentro del plan de apetito de riesgos se deben considerar a detalle los procesos de definición y revisión de métricas, límites, alertas, procesos de escalado de rotura de alertas y límites con los responsables para las acciones a tomar.

Se espera que todos los procesos definidos dentro del plan de apetito de riesgos (métricas, límites, alertas, escalas, acciones, comunicación, coherencia etc)    sean revisados en su correcto cumplimiento y seguimiento,  al menos anualmente,  por parte de las direcciones  de auditoría de las entidades.


Dada la importancia de un adecuado marco y plan de apetito de riesgos dentro del gobierno corporativo de riesgos, el BCE espera una  involucración activa y directa  de los Consejos de Administración de las entidades en su definición, puesta en marcha y mantenimiento regular, comunicándolos y difundiéndolos a toda la organización la como parte de la cultura corporativa de gestión de riesgos, haciendo que  forme parte de las definiciones de objetivos  desagregados de áreas, departamentos e individuos y de sus planes de compensación.